II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 46/2022 de 12 de julio (fs. 152 a 161 vta.), el Juzgado de Sentencia Penal N° 3 de la Capital del departamento de Potosí, declaró a Alex Alvarado Camacho, Yenifer Marcos Nogales y Marco Antonio Lazarte Nuñez, autores y culpables del delito de Tráfico; previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008; imponiéndoles la pena privativa de libertad de 15 años a ser cumplidas en el Penal del Centro de Readaptación Productiva de Santo Domingo de Cantumarca de esa ciudad; pago de 10 000 días multa, fijándose a razón de Bs. 1 por día, haciéndose un total de Bs. 10 000 para cada uno.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Yenifer Marcos Nogales, Alex Alvarado Camacho y Marco Antonio Lazarte Nuñez, formulan recursos de apelación restringida (fs. 168 a 170 vta., 172 a 174 vta., y, 176 a 178 vta. respectivamente) y sus subsanaciones (fs. 229 a 229 vta., 231 a 232 vta., y, 234 a 235 vta. respectivamente); resueltos por Auto de Vista 11/2023 de 9 de marzo, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedentes los recursos planteados; consecuentemente, confirmó la sentencia apelada.
