AS/0417/2023-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0417/2023-RRC

Fecha: 20-Abr-2023

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo 1478/2022-RA de 10 de noviembre, corresponde el análisis de fondo únicamente del primer motivo.

Con el rótulo “de la errónea aplicación e interpretación de la ley sustantiva” (sic) alega el recurrente que la autoridad de origen interpretó de manera errónea el art. 345 del CP, pues en el caso de autos, asevera el recurrente, no se apropió de cosa mueble alguna. Explica que, en mi calidad de abogado lo que hice fue recepcionar la documentación necesaria de la acusadora para realizar como abogado el trámite administrativo de aprobación de plano en la alcaldía” (sic).

Agrega con relación al art. 346 del CPP, que su persona “no retuvo como dueño la documentación de la acusadora sino únicamente, como profesional abogado, utilicé documentación para los trámites de registro y aprobación de plano” (sic).

Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 236/2007 de 7 de marzo y 431/2006 de 11 de octubre, explicando que su doctrina legal obliga dar observancia estricta al subprincipio de taxatividad de la Ley penal a momento de la labor de subsunción en juzgados ordinarios.