AS/0118/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0118/2023

Fecha: 10-May-2023

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN.

El Gobierno Autónomo Municipal de Villa Nueva, representado por Marcelo Tuchani Amutari, interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo señalando:

EN LA FORMA.

La entidad recurrente denunció, irregularidades en el desarrollo del proceso al no tomarse en cuenta que, las notificaciones no fueron practicadas de manera personal o por cédula, asimismo se validó la notificación con la demanda en otro departamento donde no correspondía ya que la instrucción era para el departamento de Pando en el municipio de Villa Nueva y dicha notificación se practicó en el departamento de Beni en Riberalta, además que la recepción de la notificación no fue al interesado, ni siquiera a un testigo de actuación correcto que diera fé de la notificación por cédula.

Señalo también, vulneración al debido proceso en cuanto al derecho a la defensa al emitir el Auto de 17 de noviembre de 2022, carente de fundamentación, motivación y congruencia, sin haber tomado en cuenta los reclamos pertinentes sobre la nulidad de notificación con la demanda.

Consecuentemente mencionó, que Marcelo Tuchani Amutari, fue notificado con la resolución de rebeldía, mediante orden instruida No. 01/2021, la cual constata que se rehusó a firmar dicha orden.

EN EL FONDO.

La entidad recurrente refirió, falta de valoración y fundamentación de la prueba aportada por el demandante, al no pronunciarse sobre la factura a fs.51, objeto de la obligación, la cual demuestra que la obligación ya fue cancelada, prueba que no se consideró, al momento de emitir el fallo, teniendo en cuenta que la obligación del juzgador de primera instancia es cuidar el desarrollo del proceso sin vicios.

Petitorio.

Solicitó, se anule la Sentencia de 13 de junio de 2022, hasta el vicio más antiguo, tomando en cuenta, la valoración de los argumentos de hecho y de derecho.

CONTESTACIÓN.

La empresa demandante, no contestó al recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Nueva.

Admisión:

Mediante Auto de 1 de marzo de 2022 de fs. 184, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 161 a 162, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Nueva representado por su Alcalde Marcelo Tuchani Amutari, que se pasa a resolver: