AS/0385/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0385/2023

Fecha: 02-May-2023

CONSIDERANDO II: Contenido del recurso de compulsa

La parte recurrente aduce que al negar su recurso de casación se transgredió lo establecido por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado Plurinacional, que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, toda vez que la autoridad de segunda instancia anuló todo lo actuado por el inferior, y niega arbitrariamente el uso de un recurso.

Por lo que solicitó se declare la legalidad del recurso de compulsa y se ordene la radicatoria del proceso para los trámites y resolución del recurso de casación indebidamente negado.