POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN de los recursos de casación interpuestos de fs. 614 a 617 vta., por Roberto Andrade Limón, en su condición de Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Postrervalle y de fs. 619 a 622 vta., por Alex Fernández Romero, ambos contra el Auto de Vista N° 161/2022 de 18 de febrero, de fs. 606 a 609, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
