POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 567 a 572, interpuesto por la asociación China International Water & Electric Corporation (sucursal Bolivia), representada por Fernando Martin Rodríguez, contra el Auto de Vista Nº 234/2023, de 07 de marzo, corriente de fs. 558 a 560 vta. complementado por auto de 13 de marzo de 2023, visible a fs. 564 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
