II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 02/2022 de 7 de febrero (fs. 629 a 641), el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Buena Vista del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a la recurrente, autora y culpable de la comisión del delito de Proxenetismo, previsto y sancionado por el art. 321 parágrafo I con relación al II del CP, imponiendo la pena de doce años de reclusión y el pago de costas en favor del Estado en la suma de Bs.- 800 (ochocientos 00/100 bolivianos).
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs. 642 a 649), resuelto por el Auto de Vista 208 de 2 de diciembre de 2022, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
