AS/0557/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0557/2023-RA

Fecha: 23-May-2023

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia de 24 de abril de 2014 (fs. 220 a 225 vta.), el Juez de Sentencia Cuarto en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Luis Tito Aguilar, autor de la comisión del delito de Estafa previsto y sancionado por el art. 335 del CP con relación al art. 365 del digo de Procedimiento Penal (CPP), imponiendo la sanción de 4os y 3 meses de reclusión; y, multa de 50 Bolivianos por 100 días que hacen un total de 5000 Bolivianos.

II.2. Apelación restringida.

Contra la referida Sentencia, Luis Tito Aguilar formuló recurso de apelación fs. 241 a 253 vta.), resuelto por el Auto de Vista de 25 de febrero de 2021, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró admisible e improcedente la apelación planteada; en consecuencia, confirmó la Sentencia emitida.