POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 718 a 723 vta., interpuesto por Gaby Dávila de Goitia representada por Rufino Goitia Espinoza y Alberto Quiroga Zambrana, contra el Auto de Vista N° 302/2023 de 04 de abril, corriente de fs. 707 a 712 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
