AS/0700/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0700/2023-RA

Fecha: 16-Jun-2023

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente denuncia que la emisión del Auto de Vista impugnado constituye en vulneración flagrante del debido proceso, legalidad, probidad, celeridad, honestidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, principio de seguridad jurídica, igualdad procesal establecido en el art. 180 Constitución Política del Estado (CPE), en razón de llevar a un nuevo juicio que genera la vulneración de derechos de la acusada y la víctima del delito de Uso de Instrumento Falsificado por ser personas de la tercera edad, emitiendo resoluciones que no otorgan acceso a la Justicia que se reclama de los hechos y derecho demostrado objetivamente; toda vez que los arts. 115 y 117 CPE, reconoce y garantiza la aplicación del debido proceso en su vertiente a la legalidad de la prueba, igualdad procesal de las partes, motivación y congruencia de las resoluciones, garantía del non bis in ídem, valoración razonable de la prueba, como fin y funciones es de garantizar el cumplimiento de los principios valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados; asimismo el art. 180.I de la CPE, establece el principio de la verdad material para hacer prevalecer sus pretensiones; puesto que el Auto de Vista vulneró los derechos que tiene como personas adultas mayores, que en vez de encontrar una justicia pronta y oportuna, se encuentra con dilaciones innecesarias para resolver la problemática.

Con relación al recurso planteado como precedentes contradictorios invoca los Autos Supremos 597/2022 de 23 de junio, 329/2012 de 4 de diciembre, 199/2013 de 11 de julio, 067/2013-RRC de 11 de marzo y las Sentencias Constitucionales 1250/2012 de 20 de septiembre, 2023/2010-R de 9 de noviembre y 1054/2011-R de 1 de julio.