II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 25/2014 de 1 de diciembre (fs. 188 a 209), el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Eulalia Challa Laime autora de los delitos de Uso de Instrumento Falsificado y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 203 y 337 del CP, imponiendo la pena de cuatro años y cinco meses de reclusión, con costas y responsabilidad civil a favor del Estado y la acusación particular; además, absolvió a Eulalia Challa Laime y Sinforiano Challa Laime, por los delitos de Falsedad Ideológica y Complicidad en los delitos de Uso de Instrumento Falsificado y Estelionato respectivamente.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la acusada Eulalia Challa Laime formuló recurso de apelación restringida (fs. 250 a 262), resuelto por Auto de Vista 31/2019 de 6 de septiembre, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, se confirma la Sentencia apelada.
Posteriormente la acusada Eulalia Challa Laime presentó recurso de casación (fs. 3380 a 389), siendo resuelto por Auto Supremo 1528/2022-RRC de 21 de noviembre, que dejó sin efecto el Auto de Vista 31/2019 de 6 de septiembre; en cuyo mérito, el Tribunal de alzada emitió el nuevo Auto de Vista 5/2023 del 3 de febrero, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó en su integridad la Sentencia apelada.
