II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 14/2022 de 8 de agosto (fs. 1046 a 1109), el Tribunal de Sentencia Primero en lo Penal de Padilla del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró autor a Willy Ramos Donoso de la comisión del delito de Violación Agravada, previsto y sancionado por el art. 308 con relación al art. 310 inc. d) del CP, imponiendo la pena de privación de libertad de 20 años, con costas y calificación de daños y perjuicios; y autora a Donata Donoso Ballejos de Ramos de la comisión de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 numeral 5) del CP, imponiendo la pena de privación de libertad de 5 años, con costas y calificación de daños y perjuicios.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, los imputados Willy Ramos Donoso (fs. 1182 a 1195) y Donata Donoso Ballejos de Ramos (fs. 1197 a 1210); formulan recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 171/2023 de 24 de abril (fs. 1310 a 1323 vta.), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que los declaró improcedentes; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
