II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia N° 26/2021 de 30 de junio (fs. 74 a 96), el Juzgado de Sentencia N° 3 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a: José Luis Gómez Cuba, absuelto de pena y culpa del delito de Estafa de conformidad a lo establecido en el art. 363.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, la querellante Angélica Petronila Cáceres Inca de Gonzales formula recurso de apelación restringida (fs. 101 a 107 vta.), resuelto por el Auto de Vista N° 051/2022 de 28 de junio 2022 (fs. 134 a 139), pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró procedente la apelación restringida; en consecuencia, anuló totalmente la Sentencia impugnada, disponiendo el reenvío de la causa a los efectos de la reposición del juicio oral ante el Juez de Sentencia Penal que corresponda previo sorteo.
