I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
El Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Cuarto de La Paz, emitió la Sentencia Nº 10/20 de 12 de marzo de 2020, de fs. 202 a 240, que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 33 a 40; en consecuencia, dejó sin efecto la Resolución Determinativa N° 1717290001084 (CITE: SIN/GGLPZ/DJCC/TJ/RD/000051/2017), de 29 de agosto de 2017, por prescripción de la facultad de determinación, sanción y cobro de la Gerencia GRACO La Paz del SIN, referido a los periodos fiscalizados del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) de la gestión 2011; quedando sin efecto los montos omitidos, mantenimiento de valor, intereses y sanción, establecidos en la Referida Resolución Determinativa, manteniéndose únicamente la sanción por la contravención tributaria de incumplimiento de deberes formales, establecida en la suma de 4.000 UFV, incurrida en la gestión 2016.
Auto de Vista
Contra la mencionada Sentencia, la Gerencia GRACO La Paz del SIN, interpuso recurso de apelación de fs. 243 a 248, que fue resuelto por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 122/2022 de 16 de mayo, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada. Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley N° 1178.
