POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación en la forma cursante de fs. 206 a 212 vta., interpuesto por José Antonio Maldonado Luna representado legalmente por María Magdalena Guarachi Mamani, contra el Auto de Vista N° 177/2023 de 19 de abril, corriente de fs. 202 a 204 vta., pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
