AS/0662/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0662/2023-RA

Fecha: 12-Jul-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Mary Elizabeth Guzmán Limón, por memorial de demanda que discurre de fs. 97 a 104, subsanada a fs. 108, promovió proceso ordinario de determinación de bienes gananciales, contra Lucio Chávez Iquize, quien una vez citado, por escrito de fs. 250 a 259, contestó negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia Nº 85/2023, de 06 de marzo, que cursa de fs. 874-A a 882, donde la Juez Público de Familia 6° de la ciudad de Oruro, declaró IMPROBADA la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Mary Elizabeth Guzmán Limón, según memorial de fs. 888 a 893, originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista N° 180/2023, de 17 de mayo, saliente de fs. 913 a 921, que REVOCÓ en parte la Sentencia apelada y deliberando en el fondo declaró PROBADA en parte; en consecuencia, determinó como bien ganancial las acciones y derechos adquiridos por el demandado mediante documentos privados de 24 de febrero de 2025 suscritos con Hugo Alberto Hering Alcocer, Arturo Alcocer Cossio, Delicia Alcocer Cossio Vda. de Guzmán, Dora Alarcón Zubieta Vda. de Alcoccer y Celia Alcoccer Vda. de Alarcón; acciones y derechos de los vendedores en favor del demandado, respecto al bien inmueble con Matrícula Nº 4011010008493.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Lucio Chávez Iquize y Mary Elizabeth Guzmán Limón, mediante escritos de fs. 928 a 930 vta., y de fs. 934 a 938 vta., recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.