II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 34/2016 de 30 de septiembre (fs. 245 a 250), el Tribunal de Sentencia Cuarto en lo Penal de Cochabamba del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Juan Carlos Roque Avilés autor y culpable de la comisión del delito de Estafa, tipificado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de cuatro (4) años de privación de libertad, más la multa de 200 días en razón de Bs. 2 por día y pago con costas procesales.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el recurrente interpone recurso de apelación restringida (fs. 277 a 290), resuelto por el Auto de Vista 15/2023-RAR de 17 de marzo, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
