AS/0821/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0821/2023-RA

Fecha: 04-Jul-2023

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia N° 21/2019 de 19 de junio (fs. 1154 a 1163vta.), el Juzgado de Sentencia 6° en lo Penal de Villa Primero de Mayo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Guillermo Hurtado Mendoza y Ricardo Braulio Valencia Espinoza, absueltos de la comisión de los delitos de Estafa y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 335 y 346 del CP.

II.2. Apelación restringida.

Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares David Flores Cruz, Rubén Darío Parada Cabrera y Tito Andre Rivero Serrano formularon recurso de apelación restringida (fs. 1170 a 1172), resuelto por Auto de Vista N° 36 de 21 de agosto de 2019 (fs. 1182 a 1189), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que fue dejado sin efecto, por Auto Supremo 133/2020-RRC de 29 de enero (fs. 1255 a 1260 vta.), emitiéndose el Auto de Vista N° 33 de 22 de octubre, por el mismo Tribunal de alzada (fs. 1269 a 1274), que también fue dejado sin efecto por Auto Supremo 992/2021-RRC de 9 de noviembre (fs. 1351 a 1360 vta.); a cuyo efecto, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista N° 54 de 25 de abril de 2022, declarando admisible y procedente el recurso planteado; en consecuencia, anuló la Sentencia absolutoria apelada, disponiendo el reenvío del expediente ante otro Juzgado llamado por ley.