ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
” de la presente Resolución toda vez que no precisa o fundamenta la supuestas vulneraciones denunciadas contra el Auto de Vista, o vulneración de los derechos fundamentales o constitucionales que le hubiesen ocasionado un daño o perjuicio evidenciable en su perjuicio, toda vez que no basta manifestar el criterio de que fueron vulnerados los derechos constitucionales del debido proceso, seguridad jurídica, e igualdad, pero sin fundamentar tal situación mediante elementos de convicción y argumentación necesaria que respalden sus argumentos; motivos por los cuales no se habilitan los presupuestos de flexibilización que permitan la apertura de este Tribunal para conocer en el fondo el segundo motivo de casación del imputado; teniéndose que por tal situación se hace inviable la admisibilidad del motivo; por consiguiente, corresponde declarar su inadmisibilidad.
