ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
del recurso de casación, lo que, en el caso de autos no ocurre; por lo tanto, los motivos primero y segundo devienen en inadmisibles, por la razón expuesta.
En el tercer motivo, el recurrente plantea que, existe la diferencia entre la etapa del juicio y la etapa de investigación, última que es meramente informativa y no son actos de prueba, así lo establece el art. 280 del CPP, y al mencionar la Sentencia que, las pruebas MP-D7 y MP-D8 fueron esenciales para la resolución de la presente causa, se estaría vulnerando la disposición legal referida, además de los Autos Supremos 93/2011 de 24 de marzo, 342/2020-RRC de 28 de julio y 120/2019-RRC de 7 de mayo, al establecer que, los actos investigativos no son prueba, por ende, no merecían su consideración por el Tribunal de Sentencia y mucho menos, ser fundamento de la Sentencia, traduciéndose en una mala valoración de los medios de prueba, aspecto que no fue valorado por el Tribunal de Alzada.
