II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 2-V/2021 de 10 de febrero (fs. 303 a 311), el Tribunal de Sentencia Quinto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Raúl Anachuiri Núñez y Ronald Anachuiri Pinto, autores de la comisión del delito de Violación agravada previsto y sancionado por el art. 308 en relación al art. 310 inc. c) del CP, imponiendo la pena de 25 años de presidio, con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Raúl Anachuiri Núñez y Ronald Anachuiri Pinto formularon recurso de apelación restringida (fs. 326 a 330 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 29/2022 de 1 de abril, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
