II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 38/2021 de 6 de octubre (fs. 2560 a 2577 vta.), el Tribunal de Sentencia Penal 11avo., del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Jarol Octavio Guardia Montero y Eldy Guardia Mendoza, autores de la comisión del delito de Avasallamiento, previsto y sancionado por el art. 351 bis del CP, imponiendo la condena de 4 años y 6 meses de privación de libertad para el primero y de 3 años y 10 meses de privación de libertad para la segunda, siendo absueltos de culpa y pena del delito de Amenazas tipificado por el art. 293 del CP.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Jarol Octavio Guardia Montero y Eldy Guardia Mendoza (fs. 2582 a 2583), interpusieron recurso de apelación restringida, resuelto por el Auto de Vista 102 de 30 de junio de 2022, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
