II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 45/2022 de 22 de junio (fs. 257 a 267 vta.), la Juez de Sentencia Décimo Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Froilán Céspedes Aguilar, autor y culpable de la comisión del delito de Abuso Sexual Agravado, previsto y sancionado por los arts. 312 y 310 inc. g) del CP, imponiendo la pena de 15 años de presidio y multa de 1.000 Bs. correspondiente a 1.000 días multa a razón de Bs. 1.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Froilán Céspedes Aguilar formuló recurso de apelación restringida (fs. 272 a 273 vta.), resuelto por Auto de Vista 229 del 5 de diciembre del 2022, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
