POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara: 1. INFUNDADO el recurso de casación de fs. 431 a 432, interpuesto por Neptaly Martínez Llanos y 2. En relación al recurso de casación de la Empresa demandada, CASA el Auto de Vista Nº 164/2022 de 04 de noviembre de 2022, de fs. 422 a 428, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y deliberando en el fondo se mantiene firme y subsistente la Sentencia N° 106/2018 de 5 de abril, de fs. 399 a 402, emitida por el Juzgado del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Tarija.
Sin costas por ser recurrentes ambas partes.
Sin multa por ser excusable.
Regístrese, notifíquese y devuélvase. -
