II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 3 de mayo de 2016 (fs. 68 a 73), el Juzgado de Sentencia Cuarto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Natividad Quiroz Veizaga, autora de la comisión del delito de Difamación, previsto y sancionado por el art. 282 del CP, imponiendo la pena de 8 meses de trabajos comunitarios, siendo absuelta por los delitos de calumnia e Injuria
II.2. Apelación restringida
Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs. 83 a 84), que fue resuelto por Auto de Vista 119/2021 de 5 de abril, de fs. 106 a 108, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente la apelación planteada; y, en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
