AS/1077/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1077/2023-RA

Fecha: 04-Ago-2023

ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD

”, de esta resolución; toda vez, que no adjunta elementos de respaldo a sus reclamos de conculcación de derechos fundamentales por el Tribunal de alzada; no precisando por ende que el Auto de Vista incurriese en contravención alguna en contra suya, teniéndose por lo referido que la parte recurrente no cumplió los criterios de flexibilización; motivo por el cual corresponde la inadmisibilidad del primer motivo del recurso de casación.

En cuanto al segundo motivo del recurrente, se tiene que denuncia al Auto de Vista por falta de fundamentación respecto a su planteamiento de que sus argumentos eran incomprensibles, siendo que a su criterio sus argumentos demostraron el dolo en la conducta de los imputados; cuestiona también la determinación del Tribunal de alzada de manifestar que sus argumentos eran contradictorios, sin desarrollar cuales eran sus contradicciones, refiere que debieron aplicar lo estipulado por el art. 398 del CPP, para que al termino de los 3 días correspondientes, su persona pudiese corregir dichas contradicciones, manifiesta que los miembros del Tribunal de apelación debieron motivar porque no concurrió el delito de calumnia pero al no hacerlo incurrieron en vulneración del debido proceso.

Ingresando al análisis de los argumentos de la parte recurrente se tiene que no formula precedentes contradictorios, incumpliendo con los presupuestos de admisibilidad establecidos por los arts. 416 y 417 del CPP; situación que no le permite a esta Sala Penal efectuar la verificación de la observancia de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación; es decir, efectuar la labor de contraste entre los precedentes contradictorios y la resolución recurrida.