POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 271 a 273, formulado por Rodolfo Marcos Javier Quiroga Ledezma; en consecuencia, mantiene firma y subsistente el Auto de Vista N° 015/2023, de 19 de abril, de fs. 264 a 267, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; con costas.
Se regula el honorario del abogado patrocinante en Bs2.000.-, que mandará pagar la Juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
