AS/0470/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0470/2023

Fecha: 19-Sep-2023

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia

La Juez de Trabajo y Seguridad Social Primero de Quillacollo – Cochabamba, emitió la Sentencia N° 64/2021 de 13 de agosto, de fs. 1910 a 1914, que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 1 a 3 y 5; disponiendo que la parte demandada, dentro del tercer día de ejecutoriada la Sentencia, pague en favor de Noemí Claros Velarde, el monto establecido según la siguiente liquidación:

Tiempo de servicios: Del 22 de febrero de 2018 al 17 de septiembre de 2020, 2 años, 6 meses y 25 días.

Salario indemnizable: Bs. 1.000

Indemnización: Bs. 2.568

Desahucio: Bs. 3.000

Vacaciones: Bs. 699

Aguinaldo 2020 por duodécimas de 17 días (doble): Bs. 1.424

Segundo aguinaldo Esfuerzo por Bolivia 2018 por duodécimas: Bs. 854

Nivelación al salario mínimo:

Gestión 2018: Bs. 9.540

Gestión 2019: Bs. 13.464

Gestión 2020: Bs. 9.407

Bono de antigüedad: Bs. 724

TOTAL A PAGAR: Bs. 41.680

Debiendo aplicarse en ejecución de Sentencia, la multa dispuesta por el art. 9 del Decreto Supremo (DS) N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

Auto de Vista

En grado de apelación deducido por la Empresa demandada, mediante memorial de fs. 1915 a 1922, la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista N° 098/2021 de 28 de septiembre, de fs. 1940 a 1947, que REVOCÓ parcialmente la Sentencia apelada, con costas y costos, conforme dispone el art. 223-IV núm. 2 del Código Procesal Civil (CPC-2013).