AS/0864/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0864/2023

Fecha: 05-Sep-2023

CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casación y su contestación

El recurso de casación planteado por el demandante establece como agravios los siguientes:

Que el Auto de Vista no expresa la norma legal que determina la nulidad de obrados, careciendo de una fundamentación necesaria, realizó una errónea interpretación de la ley, en el sentido de que simplemente analiza la norma que le otorga facultades, pero no así la normativa específica que determina o sanciona la nulidad de obrados.

El Tribunal Ad quem vulneró el principio de verdad material, al no considerar que el recurrente acreditó el derecho propietario del bien inmueble objeto de litis, el cual es oponible a terceros, por lo que correspondía a la autoridad de instancia confirmar la Sentencia apelada.

De la contestación al recurso de casación.

No se contestó el recurso por la parte demandada.