POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 847 a 853, interpuesto por la Compañía Eléctrica Sucre S.A. (CESSA S.A.) representada por Sergio Gonzalo Flores Acuña contra el Auto de Vista N° 231/2023, de 31 de julio, cursante de fs. 823 a 826, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
