CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casación y su contestación
Marco Antonio Romero Segales, mediante su recurso de casación de fs. 310 a 312, expresó que:
1. Mediante la Escritura Pública Nº 126/2018 de 27 de febrero, se demostró la relación contractual en los contendientes, en tal sentido las autoridades de instancia no aplicaron correctamente los arts. 622 Código Civil y 388 del Código Procesal Civil, ya que la vía legal para exigir la entrega de un bien por un contrato de compraventa, es pedir la entrega del bien inmueble y no utilizar supletoriamente la acción reivindicatoria que concurre cuando el propietario fue desposeído o perdió la posesión del inmueble, asimismo se recuerda que en la respuesta a la demanda se manifestó que la Escritura Pública Nº 126/2023 fue realizada aprovechándose de su persona, ya que no se encontraba en condiciones de celebrar ningún contrato y que tampoco recibió dinero por la venta del bien.
2. El Auto de Vista carece de fundamentación, motivación y congruencia, ya que las autoridades de instancia manifestaron que no corresponde mayor tratamiento.
Por lo que solicitaron el pronunciamiento de un Auto Supremo casando el Auto de Vista impugnado y se declare improbada la demanda principal.
De la respuesta al recurso de casación.
Por su parte, Kantuta América Chuquimia Careaga por sí y en representación de Roberto Polo Chuquimia Careaga y Milenka Chuquimia Careaga, manifestó que:
El recurso de casación no es correcto al pretender que se demande el cumplimiento del contrato, ya que su calidad sería de vendedor y no de poseedor, siendo que claramente las autoridades de instancia se pronunciaron sobre la acción reivindicatoria.
La parte apelante debe tener presente que mediante la transferencia efectuada por Escritura Pública Nº 126/2018, dejó de tener la calidad de vendedor y menos de propietario, siendo que el inmueble se encuentra debidamente registrado bajo la Matrícula Nº 2.01.0.99.0021153, así también cuenta con registro catastral y que cuentan con legitimidad para demandar la reivindicación frente a la ilegal posesión de los tres demandados.
El recurso de casación carece de términos claros y precisos, ya que no expresa con claridad las leyes infringidas, violadas o aplicadas.
