II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 12/2020 de 3 de diciembre (fs. 926 a 937) el Tribunal de Sentencia Primero en lo Penal de Padilla del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Miguel Espada Rivera, autor de la comisión del delito de Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente con Agravante, tipificado por el art. 308 bis relación al art. 310 inc. m) del CP, imponiendo la pena de 25 años de privación de libertad, con costas y responsabilidad civil.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs. 978 a 992 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 153/2022 de 11 de abril, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró parcialmente procedente, disponiendo la nulidad de Sentencia y ordenando la reposición del juicio, contra el Auto de Vista recurre en casación la víctima, que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 1515/2022-RRC de 10 de noviembre (fs. 1157 a 1165); a cuyo efecto, la Sala Penal Segunda, emitió el Auto de Vista 247/2023 de 18 de mayo (fs. 1175 a 1193) que declaró improcedente la apelación restringida, disponiendo que se mantenga incólume la Sentencia apelada.
