II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 32/2022 de 7 de septiembre (fs. 179 a 184 vta.), el Juzgado de Sentencia Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Ever Saldias Calderón autor de la comisión del delito de Suministro, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley 1008, imponiendo la pena de 10 años de presidio, más el pago de 200 días multa a razón de 1 boliviano por día.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Ever Saldias Calderón formuló recurso de apelación restringida (fs. 187 a 194 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 29 de 28 de febrero de 2023, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
