CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1.- Lucio Evaristo Valdez, mediante escrito que cursa, de fs. 21 a 23, y subsanado a fs. 30 a 31, planteo proceso ordinario de división y partición de inmueble, contra Angélica Rodríguez Benítez de Ibáñez; quien una vez citada, contestó de forma negativa a la demanda; mediante memorial saliente a fs. 35 a 36; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 22 de noviembre de 2022, corriente de fs. 277 a 281 vlta, en la que Juez Público Civil y Comercial 8vo de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró PROBADA, la demanda ordinaria de división y partición de inmueble.
2.- Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en grado de apelación por Angelina Rodríguez Benítez de Ibáñez, mediante memorial de fs. 292 a 294, origino que la Sala Civil y Comercial, de Familia y Niñez y Adolescencia Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emita el Auto de Vista N° 140/2023 de 23 de octubre, corriente de fs. 337 a 341, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.
3.- Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Angelina Rodríguez Benítez de Ibáñez, según escritura visible de fs. 344 a 347, que es objeto de análisis, para su admisión.
