POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del CPC ADMITE, el recurso de casación de fs. 344 a 347, interpuesto por Angelina Rodríguez Benítez de Ibáñez contra el Auto de Vista N° 140/2023 de 23 de octubre, corriente de fs. 337 a 341, pronunciado por la Sala Civil y Comercial, de Familia y de la Niñez y Adolescencia Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
