POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010 declara INFUNDADO el recurso de fojas 560 a 561 y vuelta, deducido por Mariana Doris Medinacelli, impugnando el Auto de Vista N° 86/2024 de 3 de junio, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
Sin costas en aplicación de los artículos 39 de la Ley N° 1178 y 52 del Decreto supremo N° 23215.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
