POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del artículo 184 de la CPE y del numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 243 a 250, interpuesto por la sociedad Industrias Agrícolas de Bermejo SA, representada por Rodrigo Javier Taboada Rocha; consecuentemente, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 77/2024 de 5 de abril, de fs. 225 a 228, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Tarija. Con costas y costos.
Se regula el honorario del profesional abogado patrocinante en la suma de Bs.2.000 (Dos mil 00/100 Bolivianos), que mandará a pagar el Juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y cúmplase. -
