AS/0827/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0827/2024

Fecha: 16-Oct-2024

POR TANTO

La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184 numeral 1 de la Constitución Política del Estado y 42 parágrafo I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial y en mérito al razonamiento desarrollado, dispone:

1.- ANULAR obrados hasta fs. 275; es decir, hasta el Auto Interlocutorio N° 382/2024 de 12 de agosto, de fs. 275 a 276, que admitió el recurso de casación interpuesto.

2.- En aplicación del art. 220 parágrafo I numeral 3 del Código Procesal Civil, se declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 262 a 266, interpuesto vía buzón judicial por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, representado por José Luis Villegas Espinoza, contra el Auto de Vista Nº 74/2024 de 7 de junio de fs. 245 a 253, emitido por la Sala Especializada, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.

Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y del el art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.-