POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010 declara INFUNDADO el recurso de fojas 440 a 438 y vuelta (foliación invertida), deducido por Marcelo Serrano Pinto impugnando el Auto de Vista N° 87/2024 de 19 de abril, emitido por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fojas 436 a 433), Sin costas, en aplicación de los artículos 39 de la Ley N° 1178 y 52 del Decreto Supremo N° 23215.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
