POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera, en ejercicio de la atribución prevista en el art. 184.1 de la Constitución Política del Estado, art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial y art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA parcialmente, el Auto de Vista N° 41 de 4 de marzo de 2024 dentro del proceso por beneficios sociales y reintegro de derechos seguido por Eduardo Daniel Jaldín Domínguez en contra de la empresa PROJECT JC SRL., emitido por la Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Distrito Judicial de Santa Cruz y deliberando en el fondo, determina modificar la liquidación de beneficios sociales en favor de la parte demandante, excluyendo de la misma, el importe por concepto de días de descanso, conforme a los fundamentos de la presente resolución, manteniendo firme y subsistente en los demás conceptos establecidos en el auto de vista recurrido; disponiendo la liquidación de beneficios sociales en favor del recurrente Eduardo Daniel Jaldin Dominguez, bajo el siguiente detalle:
TIEMPO DE SERVICIOS: 4 meses y 25 días
S.P.I: Bs.- 3.900,00
Desahucio
3 sueldos Bs.- 11.700,00
Indemnización
4 meses y 25 días Bs.- 1.570,83
Aguinaldos
2 meses y 25 días Bs.- 920,83
Multa doble por extemporáneo Bs.- 920,83
Sueldos devengados
Gestión enero 2021 Bs.- 1.000,00
Gestión marzo 2021 Bs.- 3.250,00
Sub total Bs.- 19,362,49
Menos lo efectivamente pagado
Fs.34 (finiquito) (-) Bs.- 1.597,22
TOTAL Bs.- 17.765,27
Multa 30% D.S.28699 de 01/05/2009 Bs.- 5.758,58
TOTAL A PAGAR Bs.- 23.523,85
Monto que deberá ser pagado por de la empresa demandada; más la actualización prevista en el art. 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.Sin costas ni costos, por ser excusable.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
