AS/1268/2024-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1268/2024-RI

Fecha: 25-Oct-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. El BANCO DE COCHABAMBA S.A. EN LIQUIDACIÓN, representado por Mario Albar Derpic Linares, mediante escrito que cursa de fs. 62 a 64, planteo demanda ordinaria de reivindicación, entrega y desocupación de bien inmueble, contra Margarita Trinidad Zurita Pardo y Telésforo Capcha Cancari, quienes una vez citados, mediante memorial saliente de fs. 112 a 116 contestaron de manera negativa a la demanda y reconvinieron por usucapión extraordinaria, que por Auto de 18 de junio de 2021 que cursa de fs. 224 a 225 vta., declaró la extinción de la causa reconvencional por inactividad procesal; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia de N° 89/2022, de 06 de junio, saliente de fs. 345 a 349, en la que la Juez Público, Civil y Comercial 8° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA la demanda principal; por escrito a fs. 355 y vta., el BANCO DE COCHABAMBA S.A. EN LIQUIDACION representado por Iván Boris Cabrera Aguilar, presentó solicitud de enmienda, que mereció providencia de 10 de junio de 2022 visible a fs. 356 que corrigió el nombre correcto del BANCO DE COCHABAMBA S.A. EN LIQUIDACION y Matricula Computarizada N° 7.01.1.99.0047925 conforme consta de los datos del proceso, manteniéndose todo lo demás incólume.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Margarita Trinidad Zurita Pardo y Telésforo Capcha Cancari, mediante memorial que corre de fs. 357 a 360, originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 118/2023, de 20 de septiembre, visible de fs. 385 a 389 que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Margarita Trinidad Zurita Pardo y Telésforo Capcha Cancari, según escrito visible de fs. 399 a 401, que mereció el Auto Supremo N° 425/2024, de 13 de mayo, de fs. 419 a 422, que ANULÓ el Auto de Vista N° 118/2023, de 20 de septiembre, disponiendo que el Ad quen resuelva la apelación alternativa concedida mediante Auto de 24 de agosto de 2021, a fs. 269.

4. En cumplimiento al Auto Supremo N° 425/2024, la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Santa Cruz, previo informe de secretaría de sala sobre la emisión de Auto de Vista N° 169/2022, de 25 de febrero, cursante de fs. 432 a 435 vta., que resolvió el recurso de reposición con alternativa de apelación interpuesto alternativamente por Margarita Trinidad Zurita Pardo y Telésforo Capcha Cancari, contra la resolución adoptada en audiencia de 18 de junio de junio de 2021, que declaró la extinción del proceso por inactividad procesal en relación a la demanda reconvencional de usucapión instaurada por los demandados, que CONFIRMÓ el Auto de 18 de junio de 2021; emitiéndose el Auto de Vista N° 109/2024, de 01 de agosto, obrante de fs. 437 a 440, que CONFIRMÓ la Sentencia de 06 de junio de 2022, con costas y costos.

5. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Margarita Trinidad Zurita Pardo, según escrito visible de fs. 443 a 445 vta., que es objeto de análisis para su admisión.