AS/1994/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1994/2024-RA

Fecha: 23-Oct-2024

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Reclama la recurrente que, el Auto de Vista no analizó los defectos de Sentencia alegados en su apelación restringida, pues no fundamentó adecuadamente su determinación ni justificó los motivos precisos y objetivos, generando el fallo recurrido carencia de fundamentación “para que finalmente se haya evidenciado una labor de revalorización probatoria, no siendo facultad del Tribunal de Alzada, disponiendo finalmente la ratificación de la Sentencia con base justamente en esa revalorización” (sic), añade que, “Lo expuesto provoca que se me vulneraron mis derechos y garantías constitucionales, así como precedentes contradictorios existentes emitido por el Supremo Tribunal de Justicia” (sic).

Denuncia que, en su apelación restringida cuestionó el defecto de Sentencia contenido en el art. 370 num. 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP), puesto que, fue sentenciada mediante pruebas obtenidas ilegalmente y que fueron introducidas por su lectura en el juicio oral violentando sus derechos constitucionales, pues su persona efectuó la correspondiente reserva de apelación contra el Auto interlocutorio de 22 de julio de 2022, que declaró infundado el incidente de exclusión probatoria de las pruebas P.D.1, P.D.3, P.D.4, P.D.5, P.D.6, P.D.7, P.D.8, P.D.9 y la pericial 1, ofrecidas por el Ministerio Público; no obstante, el Auto de Vista confirmó la Sentencia alegando “(…)…no basta con la reserva de apelación incidental para ser considerada esa apelación, sino que el recurrente está en la obligación de cumplir con las exigencias del art. 396 inc. 3) del CPP… (…) sin embargo al momento de formalizar este recurso de apelación incidental, no se advierte una expresión de agravios cabal en términos que exige el art. 396 inc. 3) del CPP, que implica un cuestionamiento de fondo a los motivos y fundamentos que tuvo el Tribunal de mérito para rechazar ambos incidentes de exclusión probatoria…Sino existe un cuestionamiento cabal y exacto a los motivos y fundamentos de la resolución impugnada, corresponde desestimar el planteamiento sin ingresar al fondo…” (sic). Invoca como precedente contradictorio al Auto Supremo “685/022-RRC de fecha 07 de Julio de 2022” (sic).

Por otra parte, reclama la recurrente que, el Auto de Vista impugnado carece de fundamentación y motivación, respecto a la dosificación de la pena impuesta, pues la Sentencia no señaló si fue sentenciada por un supuesto actuar culposo o doloso, incurriendo en contradicción a los Autos Supremos 022/2019-RRC de 30 de enero, 952/2016-RRC de 5 de diciembre, 504/2007 de 11 de octubre, 110/2013 de 22 de abril, 507 de 11 de octubre de 2007, 342 de 28 de agosto de 2006, 207 de 28 de marzo de 2007 y 319/2012-RRC de 4 de diciembre.

En el otrosí 1, invocó “385/022-RRC de 07 de julio” (sic), 342 de 28 de agosto de 2006, 207 de 28 de marzo de 2007 y 319/2012-RRC de 4 de diciembre.