POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el art. 184.I de la Constitución Política del Estado y art. 277 y la Disposición Transitoria Sexta del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación interpuesto por la Procuraduría General del Estado mediante memorial de fs. 779 a 787, impugnando la Sentencia Nº 35 de 13 de julio de 2021, pronunciada por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia de fs. 506 a 516, disponiéndose la prosecución de la causa y en espera de turno para sorteo.
No intervienen los Magistrados José Antonio Revilla Martínez y Carlos Alberto Egüés Añez, al haber pronunciado la Sentencia Nº 35 de 13 de julio de 2021; Olvis Eguez Oliva por encontrarse declarado en comisión oficial conforme Ley Nº 371.
Regístrese, notifíquese, cúmplase.
Marco Ernesto Jaimes Molina
PRESIDENTE
Juan Carlos Berrios Albizu
DECANO
María Cristina Díaz Sosa
MAGISTRADA
Nuria Gisela Gonzales Romero
MAGISTRADA
Ricardo Torres Echalar
MAGISTRADO
Edwin Aguayo Arando
MAGISTRADO
