POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42 parágrafo I núm. 1 de la Ley del Órgano Judicial; declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 369 a 371, que impugnó el Auto de Vista N° 142/24 de 2 de agosto, emitido por la Sala Social, Familia, Núñez y Adolescencia, Contenciosa y y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.
Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178.
Regístrese, notifíquese y devuélvase. –
