POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42 parágrafo I núm. 1 de la Ley del Órgano Judicial; declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 355 a 359 interpuesto por José Luis Terán Acha, propietario del Motel Safari, a través de su apoderado Franz Siles Rodríguez, impugnando el Auto de Vista N° 086/2024 de 13 de mayo, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fojas 345 a 352).
Se regula el honorario profesional del abogado en Bs. 2.000.- (Dos mil 00/100 bolivianos), que manda a pagar la Juez de primera instancia.
Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
