VISTOS
El recurso de casación de fs. 608 a 613 y vlta, interpuesto por el Colegio Isaac Attie, representado por Silvia Salame Attie, el memorial de contestación al primer recurso y de interposición de recurso de casación de fs. 616 a 724 y vlta, interpuesto por Noemí Gleydy Zurita Muriel; ambos recursos impugnando el Auto de Vista N° 32/2024 de 1 de abril, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 598 a 605 y vta.), dentro del proceso social de pago de beneficios sociales por despido indirecto seguido por Noemí Gleydy Zurita Muriel contra el Colegio Isaac Attie; el memorial de contestación al segundo recurso (fs. 631 a 633); el Auto de 5 de agosto de 2024 (fs. 628), que concedió ambos recursos; el recurso de reposición de fs. 636 y vuelta; la providencia de fs. 16 de agosto de 2024, el Auto Interlocutorio N° 472/2024 de 6 de septiembre que admitió ambos recursos (fs. 644 a 645 y vta.), los antecedentes del proceso y,
