POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, de la atribución conferida por el artículo 42 parágrafo I numeral 4) de la Ley del Órgano Judicial y conforme determina el artículo 282 parágrafo I del Código Procesal Civil, declara ILEGAL el recurso de compulsa interpuesto por Jaime Flores Villarroel.
Por Secretaria, mediante nota de cortesía, se dispone la devolución de obrados, en forma inmediata al inferior en grado para la prosecución de la causa.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
