CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casación y su contestación
1. De la revisión del recurso de casación interpuesto por Yber Castro Palenque, se observa que acusó:
a) Violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley concernientes a los arts. 87.I, 88.I y II, 110, 138, 1492 y 1507 del Código Civil, al ser el Auto de Vista carente de motivación y fundamentación al no responder a los agravios expuestos en el recurso de apelación, incorporando el argumento de que se encontraba como detentador del bien inmueble.
b) Que de forma expresa acuso como un reclamo en su recurso de apelación en el cual incurrió el A quo al pronunciar la Sentencia, que fue la incongruencia de los hechos planteados en la demanda principal, por lo que no cumplía con los requisitos establecidos en el art. 110 del Código Procesal Civil, así como sobre la buena fe con la que actuó, reclamos que no fueron respondidos por el Ad quem.
Fundamentos por los cuales solicitó que se emita un Auto Supremo que case el Auto de Vista y se emita un Auto Supremo que ordene al Ad quem dar respuesta a todos los agravios reclamados.
2. Corrido en traslado que fue el recurso de casación conforme se evidencia de la diligencia de notificación a fs. 502, no mereció respuesta alguna por parte del demandante y codemandado.
