POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 300 a 302, interpuesto por Gabriel Alejandro Guzmán Sanjinés en calidad de defensor de oficio de José Luis Díaz Suarez en representación de la Empresa Esbelta Fashion S.R.L., contra el Auto de Vista N° 441/2024, de 24 de julio, corriente de fs. 274 a 277 vta., y su Auto de complementación y enmienda a fs. 284 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
