CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casación y su contestación
De la revisión del recurso de casación interpuesto en la forma por Rubén Vásquez Flores, se observa que en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusó:
a) Vulneración a los derechos de acceso a la justicia, debido proceso, derecho a la defensa y derecho a la igualdad de las partes ante el Juez, así como otros derechos y garantías previstos en los arts. 115, 119 y 180.II de la Constitución Política del Estado, debido a que el Tribunal de casación únicamente se pronunció sobre los dos recursos interpuestos por el demandado en el efecto diferido que cursan de fs. 133 a 134 y de fs. 136 a 137, más las impugnaciones de apelación directa interpuestos contra la Sentencia de 29 de julio de 2022 formulados por el actor y demandado, respectivamente; sin embargo, Dietmar Didier Vásquez Saavedra interpuso recurso de apelación contra el Auto de 20 de junio de 2022, cursante en el acta de continuación de la audiencia preliminar de fs. 129 a 130, siendo esta impugnación concedida en el efecto diferido mediante providencia de fs. 153 de obrados.
b) El recurrente también alegó vulneración del art. 105.I del Código Procesal Civil; toda vez que la revocatoria parcial contenida en el numeral 2 de la parte resolutiva del Auto de Vista recurrido en los hechos constituye una nulidad parcial del Auto Nº 126/2022, de 20 de junio.
Fundamentos con los cuales el recurrente solicitó a este Tribunal anular obrados hasta el vicio más antiguo, de conformidad al art. 220.III, num. 1, inc. c), con las correspondientes condenaciones de ley.
